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PREGUNTAS FRECUENTES


1. Si estoy anotado en el Colegio y en la Caja pero no trabajo, es necesario estar inscripto en AFIP?
No, la inscripción en la AFIP e Ingresos Brutos se debe realizar cuando el profesional empieza a trabajar en forma independiente, es decir cuando empieza a facturar por los servicios prestados.

2. Me anoté en la AFIP, facturé, pero nunca lo hice en Ingresos Brutos. Qué debo hacer?
Hay que anotarse en forma retroactiva, es decir en la fecha que se dio el alta en la AFIP y regularizar la situación en Ingresos Brutos.

3. Si se que durante el año no voy a facturar demasiado, puedo anotarme como Contribuyente Eventual?
Las características para encuadrarse dentro de esta categoría son:

a. ser mayor de 18 años;
b. tener ingresos anuales inferiores a $12000;
c. no tener relación de dependencia;
d. no ser empleador;
e. no tener un local, consultorio o estudio;
f. ser una actividad ocasional.

4. Una vez que se me termina el talonario de facturas, puedo tirarlo?
No, toda la documentación debe ser guardada como mínimo 10 años.

5. Qué pasa si no guardé los comprobantes recibidos y emitidos?
Serán pasibles de multas, que oscilan entre los $100 y $3000.

6. Qué sucede si no presento las declaraciones juradas anuales de ingresos brutos?
La no presentación de la declaración jurada implica que el Organismo aplique las sanciones o multas correspondientes por el no cumplimiento de una obligación formal.

7. Qué gastos son necesarios a tener en cuenta en la declaración jurada de ganancias? Debo guardarlos?
El profesional debe tener en cuenta todos los gastos que estén directamente relacionados con la actividad que desarrolla, siempre y cuando al momento de realizar la declaración cuente con los comprobantes correspondientes. Dichos comprobantes deben ser guardados como mínimo por 10 años.

8. Existe alguna posibilidad de estar exento de pagar ingresos brutos?
No. En la Pcia de Bs. As. se debe pagar cuando se trabaja como profesional independiente.

9. Si vivo en La Plata y trabajo solo en Capital Federal, debo pagar Ingresos Brutos?
Si la inscripción se realizo en la Pcia de Bs. As el profesional debe pagar el 3.5% de lo facturado. Lo conveniente será inscribirse en Capital Federal, para lo cual es necesario contar con un domicilio en dicho lugar y realizar el cambio del mismo en el DNI.

10. Si soy monotributista y no puedo realizar el pago en forma continuada. Qué consecuencia me puede traer?
El no pago del Monotributo genera intereses.
Cuando no se hayan abonado más de tres periodos sucesivos o cinco alternados se perderán los derechos al uso de la Obra Social.