1. Si estoy anotado en el Colegio y en la Caja
pero no trabajo, es necesario estar inscripto en AFIP?
No, la inscripción en la AFIP e Ingresos Brutos se debe realizar
cuando el profesional empieza a trabajar en forma independiente, es
decir cuando empieza a facturar por los servicios prestados.
2. Me anoté en la AFIP,
facturé, pero nunca lo hice en Ingresos Brutos. Qué debo
hacer?
Hay que anotarse en forma retroactiva, es decir en la fecha que
se dio el alta en la AFIP y regularizar la situación en Ingresos
Brutos.
3. Si se que durante el año
no voy a facturar demasiado, puedo anotarme como Contribuyente Eventual?
Las características para encuadrarse dentro de esta categoría
son:
5. Qué pasa si no guardé
los comprobantes recibidos y emitidos?
Serán pasibles de multas, que oscilan entre los $100 y $3000.
6. Qué sucede si no
presento las declaraciones juradas anuales de ingresos brutos?
La no presentación de la declaración jurada implica
que el Organismo aplique las sanciones o multas correspondientes por
el no cumplimiento de una obligación formal.
7. Qué gastos son necesarios
a tener en cuenta en la declaración jurada de ganancias? Debo
guardarlos?
El profesional debe tener en cuenta todos los gastos que estén
directamente relacionados con la actividad que desarrolla, siempre y
cuando al momento de realizar la declaración cuente con los comprobantes
correspondientes. Dichos comprobantes deben ser guardados como mínimo
por 10 años.
8. Existe alguna posibilidad
de estar exento de pagar ingresos brutos?
No. En la Pcia de Bs. As. se debe pagar cuando se trabaja como profesional
independiente.
9. Si vivo en La Plata y trabajo
solo en Capital Federal, debo pagar Ingresos Brutos?
Si la inscripción se realizo en la Pcia de Bs. As el profesional
debe pagar el 3.5% de lo facturado. Lo conveniente será inscribirse
en Capital Federal, para lo cual es necesario contar con un domicilio
en dicho lugar y realizar el cambio del mismo en el DNI.
10. Si soy monotributista y
no puedo realizar el pago en forma continuada. Qué consecuencia
me puede traer?
El no pago del Monotributo genera intereses.
Cuando no se hayan abonado más de tres periodos sucesivos o cinco
alternados se perderán los derechos al uso de la Obra Social.
